Extranjería
ARRAIGO FAMILIAR
EXTRANJERÍA: ARRAIGO FAMILIRA (NUEVO ARRAIGO DEL 2025):
ARRAIGO FAMILIAR:
El arraigo familiar sufre un gran cambio, al quedar excluidos los familiares de españoles y referirse tan sólo a familiares de la Unión Europea. Espacio Económico Europeo o de Suiza, siguientes:
- Ser padre, madre o tutor de un menor, siempre que tenga a cargo al menor y convivar con éste o esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
- O ser quien preste apoyo a una persona con discapacidad, para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante sea su familiar, tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.