ARRAIGO LABORAL SIN CONTRATO (EXONERACIÓN)
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
- PASAPORTE COMPLETO (vigencia mínima 4 meses
- INFORME DE INSERCIÓN SOCIAL CON EXONERACIÓN DE CONTRATO.
- CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES apostillado y traducido.
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO HISTÓRICO Y DE CONVIVIENCIA.
- PRUEBAS DE HABER RESIDIDO EN ESPAÑA DURANTE LOS 3 ÚLTIMOS AÑOS.
- JUSTIFICANTE DE MEDIOS DE VIDA QUE GARANTICE 100% DEL I.M.V. o CERTIFICADO DE NACIMIENTO O DE MATRIMONIO (según el caso).
Medios económicos del familiar: (Cuando proceda):
- NIE del familiar cuyos medios económicos se aportan.
- CONTRATO DE TRABAJO Y 6 ÚLTIMAS NÓMINAS.
- DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL EJERCICIO ANTERIOR.
REQUISITOS Arraigo social sin contrato:
- Acreditar que se dispone de medios económicos equivalentes al 100% de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital (7.250,52 €/ año o 604,21 €/mes en 2024, cuando sean ingresos provenientes de fuentes propias distintas de las que permiten gestionar arraigo social por cuenta propia en España)
- Cuando los medios económicos sean de los miembros de la familia se exige 150 % IPREM para dos miembros (reagrupante + reagrupado) y 50 % por cada miembro de familia adicional. (En cuanto a medios económicos y grado de parentesco comparte los requisitos de la Reagrupación Familiar) Sin embargo, la Instrucción SEM 1/2022 fija que: “ Los medios podrán provenir de un familiar residente legal con el que conviva, siendo medios económicos necesarios teniendo en cuenta al solicitante de 100 % IMV, es decir, 7.250 €/año.
- Se concede por 1 año y NO habilita para TRABAJAR.